lunes, 15 de septiembre de 2008

ÁREAS GRISES: "LA ETICA PARA LOS NEGOCIOS COMIENZA DONDE TERMINA LA LEY"



Responsabilidad Ambiental:

Tras largo años de pérdidas, en 1975 los directivos de la Fundidora Monterrey decidieron poner en marcha su ultimo plan de expansión, el cual consistía en la instalación de una planta peletizadora, la modernización de uno de los Hornos que empleaba en sus procesos productivos y la construcción de una Aceria al oxigeno. Sin embargo, los esfuerzos de la compañía se vieron frustrados cuando los vecinos comenzaron a quejarse por los efectos contaminantes de la peletizadora, ya que despedía grandes cantidades de polvo y afectaba considerablemente todo su entorno. Una de las colonias más afectadas fue la “colonia obrera”, la cual estaba localizada muy cerca de la fábrica. En esta colonia se vieron afectados colegios, viviendas, áreas verdes, automóviles, etc.

Tras todos estos reclamos, la Fundidora trató de remediar los daños construyendo una tolva para evitar que el polvo de oxido de hierro llegue a los vecinos. Sin embargo, esto no fue suficiente, pues los vecinos seguían afectándose por la contaminación de la Fundidora. Por ello, el en año 1978 se desataron varias manifestaciones en contra de la Fundidora, la cual no hizo más que defenderse alegando que ellos también brindaban bienes y trabajo a la comunidad.
Cabe resaltar que para esta fecha (1975 – 1978) no existía una Ley que amparara el derecho de las comunidades a quejarse por la contaminación que producía la fábrica. Recién el 28 de enero de 1988, la participación ciudadana también queda enmarcada en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. En esta Ley, se concede acción popular para denunciar ante la autoridad competente todo hecho que contamine el medio ambiente.

Esto indica, que durante el periodo que se produjeron las protestas por los efectos de la contaminación en las poblaciones vecinas, no existía una Ley que los proteja o ampare ante dichas quejas. Siendo más precisos, estaba enteramente en manos de la Fundidora Monterrey, tomar medidas que evitaran o menguaran dicho malestar y sobre todo la contaminación. Es en este punto que se supone debió entrar en práctica la “ETICA”, pues al no haber una Ley que regule la contaminación que la empresa estaba causando, era un tema de moral y ética lo que debió llevar a los directivos a tomar acción y apoyar a uno de sus stakeholders más importantes.

Fuente: Regulación y Gestión de productos químicos en México, enmarcados en el contexto internacional.
En: Instituto Nacional de Ecología

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